EL FALLO DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: UN PASO ADELANTE EN MATERIA DE PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS MUJERES
El fallo a favor de la constitucionalidad de la Ley que permite la interrupción legal del embarazo hasta las doce semanas de gestación, reafirma la dignidad de las mujeres y su derecho a decidir sobre su sexualidad y su reproducción. Es además, un reconocimiento de la necesidad de salvaguardar la pluralidad del Estado laico que respeta la diversidad política y religiosa, la multiculturalidad étnica y racial, la diversidad sexual y la autonomía individual. Es un fallo fundamentado en la evidencia científica y pondera el bienestar de las mujeres.
De la misma manera, este fallo garantiza el pleno ejercicio de las
libertades individuales y de la ciudadanía de las mujeres al proteger
derechos humanos fundamentales como el derecho a la vida, el derecho a
la salud, el derecho a la no discriminación, el derecho a la igualdad,
a la seguridad personal, a la libertad, a la información, a no ser
sometida a un trato cruel, inhumano o degradante y a la libertad de
conciencia.
El pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
responde también a las recomendaciones hechas al Estado mexicano por
mecanismos internacionales tales como:
• La Observación No. 24 emitida por el Comité de Expertas de la
Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
contra las Mujeres (CEDAW), que pide a los Estados, “enmendar la
legislación que castigue el aborto a fin de abolir las medidas
punitivas impuestas a mujeres que se hayan sometido a abortos” (1999).
• La Observación No. 25 del Comité de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales en sus Observaciones Finales a México (2006); así como
Observación No. 33 del Comité de la CEDAW (2006) exhorta al gobierno
mexicano a tomar medidas eficaces para evitar las muertes por abortos
clandestinos e inseguros.
La despenalización del aborto hasta las doce semanas de gestación, es
un acto de justicia para las mujeres de escasos recursos, ya que
disminuye el riesgo de que se sometan a procedimientos clandestinos e
inseguros que atentan contra su salud y su vida y es además un
aliciente para que las mujeres víctimas de violencia sexual puedan
acceder a la interrupción legal del embarazo salvando obstáculos que
afectan su integridad psíquica y física, evitando así la doble
victimización.
Esta resolución hace justicia a la lucha de las feministas y mujeres
del movimiento amplio que hace más de treinta años han colocado a la
maternidad voluntaria como un derecho humano fundamental. Esta
resolución fue posible gracias a la decisión de la ALDF de modificar el
Código Penal y la Ley de Salud y al apoyo decidido de las autoridades y
funcionarios del Distrito Federal para ponerla en práctica en el
cumplimiento de sus responsabilidades para velar por la vida y la salud
de las mujeres de la Ciudad de México. Fue posible también gracias al
trabajo serio y profesional de la mayoría de los Ministros de la
Suprema Corte.
El Estado tiene la obligación de proteger, respetar y garantizar los
Derechos Humanos de las mujeres. El presente fallo permite asentar
derechos subjetivos a favor de las mujeres, así como el derecho de
obtener la justicia y protección del Estado, debilitando estigmas y
estableciendo un avance en el ejercicio de los derechos humanos.
Las organizaciones que integramos la Red Nacional de Organismos Civiles
de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos” y el
Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio exhortamos a los
congresos y a las autoridades de los estados de la República a que
homologuen y armonicen sus legislaciones, considerando la resolución
emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación como un avance en
materia de Derechos Humanos de las mujeres.
Por la vida de las mujeres: Derecho al aborto legal y seguro
Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio
Red Nacional de Organismos Civiles “Todos los Derechos para Todas y Todos”
Patricio Sanz 449, Col. Del Valle, México, D. F., C. P. 03100, Tel. y
Fax (55) 5523 9992
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